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    PREGUNTAS MAS FRECUENTES
    VIDA-AHORRO
    ( Planes de Pensiones, Unit Linked y Cuenta Ahorro Seguro):
      ¿En el caso de un Plan de Pensiones, cuándo podré percibir mis ahorros?
     ¿Puedo hacer traspasos entre Planes?
     ¿Puedo traer mis planes de Pensiones desde otra entidad a Bankinter?
      ¿Puedo contratar un plan de pensiones estando jubilado?
      ¿Que ventajas tienen los planes de pensiones frente a otros productos?
      ¿Qué tipos de rentas hay?
      ¿Puedo modificar la renta una vez la este percibiendo?
      ¿Cómo tributan las prestaciones?
     ¿Por qué ahorrar cuándo aún faltan muchos años para jubilarme?
      ¿Me interesa hacerme un plan de pensiones si me faltan pocos años para jubilarme?
      En un Unit Linked, ¿puedo recuperar mi inversión en cualquier momento?
      ¿Cuántos cambios puedo hacer en la composición de mi inversión?
      ¿Quién gestiona las inversiones?
      ¿A quién puedo asignar como beneficiarios?
      ¿Cómo tributan en el momento de la venta?
      En una CAS, ¿puedo recuperar mi inversión en cualquier momento?
      ¿Cuál es el importe mínimo de contratación de una CAS?
      ¿A qué plazo se puede contratar una CAS?

     ¿En el caso de un Plan de Pensiones, cuándo podré percibir mis ahorros?
    El ahorro a través de un plan de pensiones tiene como objetivo que se obtenga un capital o renta en el momento de la jubilación. Con independencia de lo anterior, en el momento de producirse cualquiera de las contingencias cubiertas por el Plan (jubilación, invalidez permanente, absoluta, fallecimiento, desempleo de larga duración, o enfermedad grave del partícipe o su cónyuge) usted podrá percibir sus ahorros. No obstante, el propio Plan de Pensiones pone a su disposición un crédito por el 80% de los derechos consolidados, y además Bankinter le ofrece un crédito en condiciones preferenciales por el 100% de estos derechos.
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     ¿Puedo hacer traspasos entre Planes?
    Podrá hacer tantos traspasos como quiera traspasando sus ahorros a otro Plan, en el mismo día, y sin coste económico ni fiscal.
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      ¿Puedo traer mis planes de Pensiones desde otra entidad a Bankinter?
    Si, usted podrá traspasar sus Planes desde otra entidad a Bankinter o al revés. Para llevar a cabo este tramite la ley establece un plazo máximo de 15 días. Esta posibilidad de movilización de los derechos consolidados esta limitada a que usted sea aún participe, es decir, antes de su jubilación o invalidez.
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      ¿Puedo contratar un plan de pensiones estando jubilado?
    Podrá contratarlo y seguir obteniendo ventajas fiscales por las aportaciones que realice. En este caso el Plan de Pensiones sólo cubriría la contingencia de fallecimiento y por lo tanto es un dinero que estaría dejando a los beneficiarios por usted designados.
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      ¿Que ventajas tienen los planes de pensiones frente a otros productos?
    Los Planes de Pensiones tienen grandes ventajas fiscales, minoran de la base imponible del I.R.P.F. las aportaciones realizadas en el año, consiguiendo de esta forma un doble efecto:
    1º) El importe de la cantidad aportada no tributa este año en el I.R.P.F. y tributará cuando lo perciba (jubilación...) momento en que las rentas normalmente son inferiores y
    2º) conseguirá que el resto de las rentas tributen a un tipo impositivo menor al saltar a un tramo de la escala inferior. Esto le proporcionará un importante ahorro fiscal.Ver fiscalidad
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      ¿Qué tipos de rentas hay?
    - Renta Temporal (no asegurada): Usted establece el importe y la periodicidad, hasta la total extinción de los derechos consolidados. En esta caso las participaciones no consumidas se irán revalorizando según la evolución de los activos en los que invierta el fondo.
    - Renta Asegurada: Vitalicia o Temporal, que puede ser:
    1- Pura: El partícipe percibe una renta mensual hasta su fallecimiento.
    2-Con reversión: El partícipe percibe una renta mensual vitalicia. En caso de fallecimiento del partícipe, el beneficiario por él designado percibirá una renta que será un porcentaje de la pensión inicial del partícipe.
    3- Con garantía de los derechos consolidados: El partícipe percibirá una pensión mensual vitalicia. En caso de fallecimiento sus beneficiarios tendrán derecho a un capital, que será igual al saldo positivo entre los Derechos Consolidados iniciales menos las rentas percibidas.
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     ¿Puedo modificar la renta una vez la este percibiendo?
    Si se trata de una renta temporal no asegurada podrá incrementar la cuantía de la renta una vez al año, y también podrá solicitar que le adelante las rentas pendientes de una anualidad. Y si no hubiera realizado ninguna percepción en forma de capital podrá percibir el saldo restante en forma de capital.
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     ¿Cómo tributan las prestaciones?
    Si la prestación se percibe en forma de Capital y además han transcurridos 2 años y un día desde la primera aportación, el 40% de los derechos consolidados esta exento, y el 60% restante se suma a la base imponible. En caso de invalidez no es necesario que hayan transcurridos 2 años y un día para tener derecho a la deducción del 40%. Si la prestación se percibe en forma de renta, el importe de esta se suma a la base imponible del I.R.P.F..
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     ¿Por qué ahorrar cuándo aún faltan muchos años para jubilarme?
    Cuanto antes se empiece a ahorrar, más capital se obtendrá para la jubilación. Se puede iniciar el ahorro con pequeñas aportaciones mensuales, incrementándolas o suspendiéndolas cuando desee. De esta forma, se dispondrá de mayor capital al llegar a la edad de jubilación beneficiándose anualmente de las importantes ventajas fiscales de este producto.
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      ¿Me interesa hacerme un plan de pensiones si me faltan pocos años para jubilarme?
    Aunque usted crea que no está a tiempo de acumular una cantidad importante para su jubilación, las grandes ventajas fiscales del plan de pensiones lo convierten en una de las inversiones más interesantes a la que pueda destinar sus ahorros.
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     En un Unit Linked, ¿puedo recuperar mi inversión en cualquier momento?
    Los Unit Linked tienen una flexibilidad total y podrá rescatar su inversión en cualquier momento desde el primer día.
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     ¿Cuántos cambios puedo hacer en la composición de mi inversión?
    Uno de los aspectos más importantes de este producto es que usted puede realizar tantas reasignaciones como desee para maximizar la rentabilidad de su inversión.
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     ¿Quién gestiona las inversiones?
    Dispone de dos Unit Linked para cubrir sus necesidades. El Plan Ahorro Gestión está compuesto por distintas carteras o cestas de fondos de inversión, que constituyen modalidades de inversión, entre las que usted elige como repartir su patrimonio. Cada una de las carteras contiene una serie de fondos donde la gestión la realiza la compañía de seguros.
    El Plan de Ahorro Multifondos está compuesto por diferentes categorías de inversión en la que se incluye un fondo por cada una de ellas y en la que usted participa activamente en la gestión, cambiando su inversión entre las distintas modalidades para disponer en cada momento de la inversión que más se adecue a su perfil.
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      ¿A quién puedo asignar como beneficiarios?
    Usted puede elegir a quién designa como beneficiario, en caso de no hacerlo, lo serán sus herederos legales: en primer lugar su cónyuge, en segundo lugar sus hijos por partes iguales, en su defecto sus padres y en último lugar sus herederos legales.
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      ¿Cómo tributan en el momento de la venta?
    Los rendimientos obtenidos por la venta se consideran rendimientos de capital mobiliario y al tratarse de un seguro de vida, se beneficia de los coeficientes reductores que se aplican a éstos. Ver fiscalidad
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      En una CAS, ¿puedo recuperar mi inversión en cualquier momento?
    El rescate es un derecho que tiene todo Asegurado. Las condiciones del mismo son fijadas por el Asegurador.
    La Cuenta Ahorro Seguro, prevé que el Asegurador pueda rescatar totalmente el capital acumulado, una vez transcurridos los primeros 12 meses desde la contratación del seguro. El derecho al rescate parcial sólo podrá ejercerse una vez transcurridas tres anualidades a contar desde la entrada en vigor del contrato, y sin que pueda solicitarse más de un rescate parcial dentro de cada anualidad.
    En ningún caso se penalizará al cliente por el hecho de rescatar.
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      ¿Cuál es el importe mínimo de contratación de una CAS?
    El importe mínimo para contratar una Cuenta Ahorro Seguro es de 600,00 Euros y sólo se admite una prima por contrato.
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      ¿A qué plazo se puede contratar una CAS?
    Los plazos de contratación son: 1,2,3,4,5,6,7,8,9 y 10 años. Una vez finalizado el periodo de rentabilidad garantizada, el asegurado podrá contratar un nuevo periodo a un nuevo tipo.
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      ¿Es obligatorio contratar un Seguro de Amortización de préstamos, si me conceden un préstamo?
    No siempre, pero en muchas ocasiones la compañía que le concede el préstamo le obliga a contratar un seguro de amortización de préstamos asociado. El beneficiario del seguro es la entidad que le ha concedido el préstamo, de tal forma que en caso de fallecimiento, invalidez absoluta, el seguro se encargará de cubrir la deudas aseguradas y sus herederos quedan libres de las cargas de los mismos.
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      ¿A quien puedo designar cómo beneficiario de mi seguro de vida?
    El asegurado podrá designar tantos beneficiarios como deseé. En el caso de no hacerlo, se entenderán como beneficiarios los herederos legales del asegurado.
    El beneficiario de la Garantía Complementaria de Graves Enfermedades será siempre el asegurado.
    En el caso del seguro de Amortización de Préstamos el beneficiario será la entidad financiera por la deuda existente.
    Los beneficiarios pueden cambiarse tantas veces como se quiera
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      ¿Cuál es la edad mínima y máxima para contratar un seguro de vida?
    La edad mínima de contratación es de 14 años y la máxima de 64 años.
    El seguro tiene una edad límite de cobertura de 65 años, excepto el seguro de amortización de préstamos que tiene una edad límite para la cobertura de fallecimiento de 70 años.
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      ¿Puedo aumentar o disminuir las garantías contratadas en mi seguro de vida?
    El asegurado podrá solicitar cualquier cambio en el capital del seguro una vez transcurridos 12 meses desde la última vez que haya realizado un aumento o disminución del mismo. Para ello deberán considerarse los límites establecidos para cada una de las garantías. Asimismo, el aumento o la disminución de la garantía deberá suponer, al menos, una variación de la prima anual de 18,00 Euros.
    De la misma forma, el asegurado podrá disminuir los importes contratados transcurridos los primeros doce meses, siendo la cobertura mínima exigida de 3.000,00 Euros.
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      ¿Cuál es la duración de la póliza de un seguro de vida?
    La duración del contrato en el Seguro de Vida Temporal a Plazo puede ser de un mínimo de un año y un máximo de 51 años. En el Temporal Anual Renovable la duración es de un año y se prorroga automáticamente si usted no indica lo contrario.
    El contrato se puede cancelar en cualquier momento, una vez transcurridos los primeros doce meses y con un preaviso de dos meses por escrito o llamando a Banca Telefónica.
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      ¿Podría la aseguradora rescindirme el seguro si contraigo alguna enfermedad?
    En caso de agravación del riesgo debe comunicarse a la Compañía para la correcta tarificación del mismo. Si ocurre durante el primer año, la Compañía tiene la facultad de rescindir el contrato. Pasado este periodo ésta no podrá anularlo, salvo que usted haya actuado con dolo en el momento de la declaración inicial de su estado de salud.
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      ¿Qué pasa si no pago una prima?
    Si es la prima inicial: La aseguradora le puede rescindir el contrato, o exigírsela por vía judicial.
    Si es una prima sucesiva el riesgo sobre el que usted se ha asegurado sólo seguirá cubierto hasta un mes después del día del vencimiento de la prima. Si la aseguradora no reclama la prima en 6 meses se anula el contrato.
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      ¿Cuándo debo comunicar la existencia de un accidente o fallecimiento?
    La ley exige que se notifique antes de haber transcurrido siete días desde el incidente, salvo que en la póliza ponga un periodo mayor. Si no lo notifica antes de que transcurra este periodo la aseguradora podrá rechazar el pago de daños y perjuicios que pueda ocasionar o trasladar al asegurado los perjuicios que le pueda causar.
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