INVALIDEZ ABSOLUTA Y PERMANENTE  

En caso de Invalidez Absoluta y Permanente podrá percibir sus ahorros en forma de Capital, Renta o una combinación de ambas. A estos efectos, se entiende por ella la situación física irreversible provocada por accidente o enfermedad originados independientemente de la voluntad del partícipe, y determinantes de la total ineptitud de este para el mantenimiento permanente de cualquier relación laboral o actividad profesional. Al producirse esta contingencia podrá optar por aplazar el cobro del capital y/o las rentas. Hasta entonces se irán acumulando los rendimientos de sus Derechos Consolidados.

En caso de producirse esta contingencia deberá presentar en cualquier oficina Bankinter la siguiente documentación:

- Certificado de nacimiento o D.N.I. del beneficiario.
- Certificado oficial expedido por el Organismo competente de la Seguridad Social, que acredite la invalidez permanente y absoluta para todo trabajo.
- Cuando se trate del pago de una renta asegurada, el beneficiario deberá presentarse semestralmente en la entidad pagadora para la percepción de la misma con su D.N.I. o presentar una Fe de Vida.
- Certificado de pertenencia en vigor.
 
 
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