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Bankinter lanza un seguro de pago de hipotecas

  • - Garantiza el pago de la cuota de la hipoteca frente a las contingencias de desempleo o incapacidad temporal por accidente o enfermedad.
  • - Permite asegurar hasta dos titulares del préstamo, hasta el límite de la cuota mensual y con un máximo de 1.400 euros.

Bankinter ha lanzado al mercado un nuevo seguro de protección de pagos de la hipoteca, que cubre al asegurado ante el riesgo derivado de una situación de desempleo (para trabajadores por cuenta ajena) o incapacidad temporal por accidente o enfermedad (para trabajadores por cuenta propia o autónomos).

El seguro tiene una duración inicial de 5 años y puede ser contratado por cualquier cliente que adquiera una nueva hipoteca con Bankinter. El contrato se materializa mediante el abono de una prima única (al inicio del préstamo), con la posibilidad de financiar el importe incluyéndolo en el principal del préstamo hipotecario; todo ello a través de un sencillo cuestionario donde el propio asegurado decide el importe de prima que quiere pagar, dependiendo de la modalidad contratada.

El producto permite tener hasta dos titulares, pudiendo asegurar cada uno de ellos hasta el 100% de la cuota completa, o simplemente el 50% cada uno. En cualquier caso, el límite máximo de cuota mensual asegurable por hipoteca se ha establecido en 1.400 euros.

Asimismo, existen dos modalidades de contratación, en función del periodo de indemnización asegurado:

  • - 6 meses consecutivos y 12 alternos: En esta modalidad, el periodo máximo de indemnización es de 6 mensualidades consecutivas (un siniestro) ó bien 12 alternas en caso de que durante los 5 años de duración del seguro tuviera lugar más de un siniestro.
  • - 12 meses consecutivos y 24 alternos: Aquí el periodo máximo de indemnización en caso de siniestro es de 12 mensualidades consecutivas (un siniestro) y 24 alternas en caso de varios siniestros durante la duración de la póliza.

Con este producto, Bankinter da respuesta a una preocupación social cada vez más extendida, como es la posibilidad de no poder hacer frente a los pagos de la hipoteca ante la eventualidad de una baja laboral por accidente o enfermedad (en el caso de personas que trabajan por cuenta propia o autónomos), y sobre todo, por la pérdida del empleo (en el caso de las personas que trabajan por cuenta ajena).