Descubre cuáles son los distintos tipos de excedencias que existen en España.
¿Qué es una excedencia?
Una excedencia es la suspensión del contrato de trabajo a solicitud del trabajador. Puede ser solicitada por diversas razones, como motivos personales, familiares o educativos.
Durante el periodo de excedencia, el trabajador se aleja de su puesto sin perder su puesto de trabajo, es decir, conserva su derecho a reincorporarse cuando finalice la excedencia, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la legislación laboral o el convenio colectivo.
Dependiendo del tipo de excedencia (voluntaria o forzosa), puede o no implicar la pérdida de ciertos derechos, como la antigüedad o el acceso a promociones, y su duración puede variar.
¿Qué tipos de excedencias existen?
Las hay de varias clases:
1. Forzosa
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Su concesión es obligatoria para la empresa y comporta la conservación del puesto de trabajo y su período se tiene como trabajado a efectos de cómputo de antigüedad. El reingreso debe ser solicitado dentro del mes siguiente al cese de la causa que lo produjo.
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Causas:
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Designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo.
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Realización de funciones sindicales de ámbito provincial o superior.
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2. Voluntaria
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Se requiere antigüedad de un año mínimo en la empresa.
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No se reconoce derecho a reserva del puesto de trabajo, sino derecho preferente de reingreso cuando haya vacante de igual o similar categoría.
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Su duración será entre cuatro meses y cinco años.
Este derecho solo podrá ser ejercido otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria.
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3. Excedencia por cuidado de hijo o de familiares
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Duración máxima de tres años para el cuidado de cada hijo.
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También tendrá derecho a una excedencia de duración no superior a dos años, salvo que por negociación colectiva se amplíe, para el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
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Para conocer con más detalle todo lo referido a la excedencia se puede consultar esta página: Modificación, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo.