Las recientes inundaciones en Valencia y otras provincias españolas han generado pérdidas de personas y daños en hogares, vehículos y negocios en varias regiones. ¿Qué pasa ahora con tu seguro? Desde el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) del Ministerio de Economía, han elaborado una nota explicando qué debes hacer y cómo funciona la indemnización en estos casos. Te pasamos a resumir los puntos más importantes.
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)?
El CCS es una entidad pública que asume la gestión y pago de indemnizaciones en situaciones de catástrofe, como las inundaciones extraordinarias que hemos vivido. Esto significa que si tienes un seguro en vigor, el CCS se encargará de cubrir los daños que hayas sufrido.
Para cualquier aclaración, es conveniente que hables igualmente con tu compañía de seguros para aclarar cualquier procedimiento.
¿Qué cubre el CCS?
1. Daños personales y materiales: Se indemnizarán tanto los daños a las personas aseguradas como los daños a bienes asegurados, que incluyen:
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Viviendas y comunidades de propietarios.
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Vehículos.
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Oficinas, tiendas, locales comerciales y de servicios, así como otros inmuebles de uso no industrial.
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Industrias y obras civiles, sean de propiedad pública o privada.
2. Cobertura de gastos adicionales:
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Daños materiales: Cubre los destrozos en las propiedades aseguradas.
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Daños inmateriales: También cubre las pérdidas económicas derivadas de estos daños, como:
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Pérdida de alquileres de propietarios si el inmueble no es habitable.
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Gastos de alojamiento si debes abandonar tu vivienda.
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Pérdida de ingresos en negocios o comercios paralizados por los daños.
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Requisitos para recibir la indemnización
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Seguro en Vigor: Para poder reclamar, tu seguro debe estar activo en el momento en que ocurrieron las inundaciones.
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Capital y Cobertura: La indemnización se calcula según los capitales asegurados y las condiciones de tu póliza.
¿Cómo presentar tu Solicitud de Indemnización?
Tienes varias opciones para solicitar la indemnización de manera rápida y directa:
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Por Teléfono: Llama al número gratuito del CCS, 900 222 665, donde podrás proporcionar tus datos y los del bien asegurado.
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En la Web: También puedes hacer la solicitud en línea en www.consorseguros.es. Una vez que completes los datos, el sistema te dará un número de referencia. Una vez abierto, el perito asignado por el Consorcio se pondrá en contacto contigo para acordar una visita, y poder examinar y valorar los daños.
Según explican desde Línea Directa, “para agilizar la tramitación del expediente es importante tomar fotografías de los daños a tu casa o tu vehículo. Y siempre que sea posible, conservar los restos de los bienes dañados. Igualmente, guardar las facturas de las reparaciones urgentes”.
Importante: No es necesario acudir físicamente a ninguna oficina. Presentar la solicitud directamente por teléfono o web es la vía más rápida y asegura el registro inmediato.
Plazo para reclamar
En esta primera nota, el CCS no especifica hasta cuándo aceptará y gestionará las solicitudes. No obstante, si aclara que aceptará y gestionará todas las solicitudes, aunque ya hayan pasado los 7 días habituales desde el momento del daño.