El Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que los vehículos sin etiqueta ambiental empadronados en la ciudad podrán circular sin sanción hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta decisión implica una ampliación del periodo de aviso de las restricciones previstas en la normativa Madrid 360, que convierte todo el término municipal en una Zona de Bajas Emisiones (ZBE).
¿Qué implica esta ampliación?
Aunque a partir del 1 de enero de 2025 se prohíbe la circulación de vehículos sin etiqueta ambiental (clase A), aquellos empadronados en Madrid o inscritos en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) no serán multados, sino que recibirán notificaciones informativas.
Excepciones de entrada a Madrid para coches no empadronados
Además de la prórroga para empadronados, el Ayuntamiento permitirá la circulación de vehículos sin etiqueta en las siguientes circunstancias:
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Autónomos mayores de 59 años, propietarios de vehículos de más de 3,5 toneladas, por razones de vida laboral limitada.
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Traslados sanitarios, permitiendo acceso a vehículos que transporten a personas a centros hospitalarios para tratamientos médicos.
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Retrasos en entrega de vehículos nuevos, para quienes hayan comprado un coche de bajas emisiones, pero aún no lo hayan recibido.
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Vehículos históricos y vehículos para personas con movilidad reducida (PMR), que siguen exentos de las restricciones.
Multas y restricciones futuras por circular por Madrid sin etiqueta
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A partir de 2026, cualquier vehículo sin etiqueta que circule sin autorización será multado con 200 euros.
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Las restricciones ya vigentes en las ZBE de Distrito Centro y Plaza Elíptica no se ven afectadas por esta ampliación.