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¿Cuáles son los límites de aportación a planes de pensiones?
La contratación de planes de pensiones es una tendencia en aumento. Para nadie es un secreto que, una vez que disfrutas de ellos, los planes de pensiones te permiten vivir con una mejor calidad de vida y mayor estabilidad financiera.Por ello, cada vez son más las personas que los contratan, con el objetivo de planificar con tiempo una buena jubilación.
En los planes de pensiones existe una aportación máxima anual limitada a 8.000 euros.
En el caso de tener contratados varios planes de pensiones en otras entidades, o incluso planes de previsión asegurados, aplica también de manera conjunta dicho importe.
En el caso de exceder dicho importe máximo anual, el exceso del valor deberá ser retirado antes del 30 de junio del año siguiente para evitar ser penalizado. No obstante existen algunas excepciones a ese límite:
Simular pensión pública
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Simular pensión públicaAportación máxima en los planes de pensiones para personas con discapacidad
Las personas que sufran alguna discapacidad podrán hacer aportaciones de hasta 24.250 euros anuales, y sus familiares, podrán aportar hasta un máximo de 10.000 euros por persona. En total, las aportaciones del participante principal más las de sus familiares no podrá exceder de 24.250 euros.
Aportación máxima en los planes de pensiones para conyugues
Podrás aportas hasta un máximo de 2.500 euros anuales al plan de pensiones de tu conyugue en el caso de que éste no tenga renta de trabajo, o sus actividades económicas no sean superiores a 8.000 euros al año.Recordemos que el límite para desgravar en la declaración de la renta es de un máximo de 8.000 euros al año o del 30% de los rendimientos netos cotizados en el trabajo u otras actividades económicas.
Cuál es la aportación mínima en un plan de pensiones
No existe mínimo. Todas las aportaciones que se hagan a un plan de pensiones son totalmente voluntarias; tú decides junto con la entidad financiera que quieras contratar este recurso de inversión para la jubilación, el importe a ingresar de manera periódica bien sea mensual, trimestre o anual, y, además, sin un periodo de tiempo establecido. Las aportaciones económicas pueden ser canceladas a petición del cliente en cualquier momento. Las aportaciones mínimas de inversión en el plan de pensiones no tienen una ley o respaldo jurídico que las avale o las supervise, por lo tanto, no existe un importe mínimo de éstas y quedará sujeto a lo establecido en el contrato de cláusulas y condiciones en el plan contratado por la entidad o gestora correspondiente.